La Legislación en relación a los pasos de peatones hace referencia en el artículo 13. Pasos de peatones en superficie 13.1. Apartado a) Se salvará el desnivel entre la acera y la calzada con un vado de las características indicadas en el artículo 11 en función de su categoría (articulo 8.2 a) de la Ley)
Aqui vemos un ejemplo en la Calle As Veigas de Navia donde la continuidad del paso de cebra se ve interrumpida por la meseta.
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La Legislación recomienda en su artículo Artículo 33. Parques y jardines en el Apartado f) Las zonas de juegos infantiles contarán dependiendo de su tamaño, con uno o dos elementos adaptados.
Aquí un ejemplo de la ausencia de elementos adaptados
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En muchas ocasiones somos los conductores-as quienes obstaculizamos el paso de personas en sillas de ruedas por las aceras.
Aquí un ejemplo en el municipio de Castropol
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